FAL y empresas · Actualizado el · Por Maximiliano S. Alvarez, Agente Productor CNV N.º 1954
Respuesta corta
Sí, el FAL alcanza a tu empresa aunque tengas un solo empleado registrado. No importa si sos persona humana (monotributista o responsable inscripto) o una sociedad: tenés que elegir una entidad, abrir la cuenta y validar el ID FAL antes del primer aporte.
La única excepción por actividad es el personal de casas particulares y la construcción, que tienen su propio régimen.
"Tengo dos empleados, ¿esto es para mí?"
Es la pregunta que más recibimos. La ley no fija un mínimo de empleados: alcanza a todos los empleadores del sector privado con personal registrado. Una panadería con dos empleados está en la misma situación que una fábrica con doscientos.
Lo que sí cambia con el tamaño es cómo conviene encararlo. En una empresa chica el fondo crece despacio, los costos de administración pesan más y el dueño suele hacer todo solo o con el contador.
Persona humana o persona jurídica: cambia el trámite
Si empleás a título personal, como monotributista o responsable inscripto, la cuenta FAL se abre a tu nombre y CUIT, con documentación de persona humana. Si la empleadora es una sociedad (SRL, SA, SAS), la apertura pide la documentación de la sociedad y de quienes la representan.
Por eso, cuando nos consultás, lo primero que te preguntamos es qué tipo de empleador sos: el camino de apertura no es el mismo.
Cuánto vas a aportar: un ejemplo
| Dato | Valor |
|---|---|
| Empleados | 3 |
| Remuneraciones base SIPA del mes | $3.000.000 |
| Alícuota MiPyME | 2,5% |
| Aporte mensual al FAL | $75.000 |
| Cuánto se descuenta de otras contribuciones | $75.000 |
| Costo adicional para la empresa | En general, solo la comisión del fondo |
El sistema de ARCA hace el cálculo solo en el F.931. Para que te corresponda la alícuota del 2,5% tenés que tener el Certificado MiPyME vigente. Si no lo tenés o se te venció, revisalo con tu contador.
Tres cosas que en una empresa chica pesan más
- Los costos. Con un fondo que crece de a poco, la comisión de administración es lo que más incide. La CNV fijó un tope de gastos, pero conviene comparar. Te contamos qué mirar en cómo elegir la entidad y el fondo.
- La carencia. Con poca antigüedad de aportes, el fondo va a tardar en servir. Durante los primeros 12 meses, cualquier despido sale de tu caja. Lo explicamos en la nota sobre la carencia.
- La coordinación con el contador. Si vos abrís la cuenta y el estudio no valida el ID FAL, ARCA retiene el aporte. Avisale apenas tengas el ID.
Tu checklist
- Confirmá que tus empleados están registrados y que tu actividad no es construcción ni casas particulares.
- Revisá con tu contador si tenés el Certificado MiPyME vigente.
- Elegí la entidad y abrí la cuenta FAL como persona humana o jurídica, según corresponda.
- Validá el ID FAL en Simplificación Registral y declarate empleador del sector privado.
- Pasale el ID FAL a quien liquida tus sueldos antes del primer F.931.
Si tenés empleados, también tenés otras obligaciones que conviene revisar de una vez: ART, seguro de vida obligatorio y, según tu convenio, seguros adicionales. Las repasamos en el checklist del empleador.
Preguntas frecuentes
¿El FAL alcanza a empresas con un solo empleado?
Sí. La ley no fija un mínimo de empleados: alcanza a todos los empleadores privados con trabajadores registrados, salvo construcción y casas particulares.
¿Un monotributista con empleados tiene que abrir cuenta FAL?
Sí. Un empleador persona humana, monotributista o responsable inscripto, está alcanzado igual que una sociedad. La cuenta se abre a su nombre y CUIT.
¿Qué alícuota paga una pyme?
El 2,5% de las remuneraciones base SIPA, si tiene Certificado MiPyME vigente. Se descuenta de otras contribuciones patronales.
¿Tengo que tener el FAL si mi empleada es de casas particulares?
No. El personal de casas particulares de la Ley 26.844 está excluido del régimen.
¿Tu empresa ya eligió dónde abrir su cuenta FAL?
Te acompañamos en la elección de la entidad, la apertura de la cuenta y la validación del ID FAL en ARCA. Sin costo de apertura.
Ver cómo funciona el acompañamiento →Seguí leyendo
- Fondo de Asistencia Laboral: guía completa para empleadores
- Cómo elegir la entidad y el fondo para el FAL de tu empresa
- Carencia de 12 meses: cuándo vas a poder usar el FAL
- Checklist del empleador: FAL, ART, seguro de vida y más
Este artículo es informativo. Resume normativa vigente a la fecha de actualización y no constituye asesoramiento personalizado ni una recomendación de inversión. Cada empresa tiene particularidades que conviene analizar con su contador. Si querés revisar tu caso, dejanos tus datos acá.